Condiciones generales de contratación

De una parte, ECONOCOM CLOUD, S.L., con domicilio social en Barcelona, calle Acer, núm. 30, 1º-4ª, constituida por tiempo indefinido y provista de NIF B-61125712 (en adelante, “ECONOCOM CLOUD”), compañía que se dedica al diseño, gestión y provisión de servicios en la nube y servicios profesionales sobre infraestructuras de TI para empresas que requieren servicios tecnológicos avanzados de operación continua. Actúa representada en este acto por el abajo firmante, en calidad de apoderado debidamente autorizado.

Y, de otra parte, la empresa destinataria de los servicios que serán prestados por ECONOCOM CLOUD (en adelante, el “CLIENTE”), cuyos datos constan en la oferta de servicios a la que se adjuntan las presentes Condiciones Generales de Contratación (la “Oferta”), la cual ha sido debidamente firmada por el abajo firmante, representante debidamente autorizado del CLIENTE, quien declara que:

a) Tiene capacidad legal suficiente para aceptar estas Condiciones Generales de Contratación que regulan los términos aplicables a la prestación de los servicios ofrecidos por ECONOCOM CLOUD (en adelante, las “Condiciones Generales”), en nombre del CLIENTE.

b) Ha leído y comprendido estas Condiciones Generales y las acepta sin reserva alguna.

Ambas partes acuerdan la sujeción de la prestación de los Servicios prestados por ECONOCOM CLOUD al CLIENTE a estas Condiciones Generales de Contratación que regirán las relaciones entre las partes, cualquiera que sea el Servicio contratado por el CLIENTE.

CLÁUSULAS

1. Definiciones

Cada uno de los términos que figuran en las presentes Condiciones Generales deberá entenderse en el sentido indicado a continuación. Los términos en singular se refieren también al plural y viceversa, según el contexto:

Altas del Servicio: se refiere a la implantación de los elementos necesarios para la prestación de un determinado servicio, así como su puesta en marcha.

Condiciones Generales: tendrá el significado atribuido a este término en el apartado anterior.

Contrato: tendrá el significado atribuido a dicho término en la cláusula 2.2 siguiente.

Cuota: es el precio de aplicación periódica que se establece para los Servicios Recurrentes

Grupo de Sociedades: tendrá el significado atribuido a dicho término en el artículo 42 del Código de Comercio.

Información Confidencial: tendrá el significado atribuido a dicho término en la cláusula 4 siguiente.

Oferta: tendrá el significado atribuido a este término en el apartado anterior.

Partes: se refiere a las partes intervinientes del Contrato.

Precio: tendrá el significado atribuido a este término en la cláusula 3.1 siguiente.

Prórroga Tácita: tendrá el significado atribuido a este término en la cláusula 13.1 siguiente.

Servicios: tendrá el significado atribuido a este término en la cláusula 2.1 siguiente.

Servicios Recurrentes: se refiere a aquellos Servicios de prestación continua en el tiempo por parte de ECONOCOM CLOUD al CLIENTE.

SLA: tendrá el significado que se le atribuye a dicho término en la cláusula 7.1.

2. Prestación de Servicios

2.1 Las presentes Condiciones Generales rigen la ejecución de los servicios ofrecidos por ECONOCOM CLOUD al CLIENTE (en adelante e incluyendo tanto las Altas del Servicio como los Servicios Recurrentes los “Servicios”), según las prestaciones detalladas en la Oferta y en las presentes Condiciones Generales.

En el supuesto de que el CLIENTE desee contratar nuevos Servicios, será suficiente la firma de un único documento de Oferta nuevo, al que le serán aplicables las presentes Condiciones Generales, en idénticos términos, sin que sea preciso que éstas sean de nuevo firmadas por el CLIENTE.

2.2 Las relaciones contractuales de las Partes se regirán por las disposiciones de los siguientes documentos, clasificados por orden de prioridad decreciente:

  • La Oferta
  • Los documentos referenciados en la Oferta
  • Las presentes Condiciones Generales.

Los documentos precitados y sus eventuales anexos que forman parte integrante de los mismos (en adelante el “Contrato”), constituyen un todo contractual y, representan el conjunto de acuerdos alcanzados entre las Partes siendo vinculantes para ellas y sustituyendo a cualquier otro documento y/o acuerdo, ya fuere oral o escrito, anterior.

3. Precio, facturación y forma de pago

3.1 ECONOCOM CLOUD facturará al CLIENTE por los Servicios prestados la cantidad establecida en la Oferta que ha aceptado (en adelante “el Precio”), según los Servicios estipulados en la Oferta. Los importes detallados en la Oferta, salvo que se indique lo contrario, no incluyen el IVA.

3.2 El pago del Precio se realizará en los plazos y forma establecidos en la Oferta. Las Altas del Servicio se facturarán una vez finalizado el proceso de implantación y puesta en marcha. Las Cuotas de los Servicios Recurrentes comenzarán a facturarse una vez comience la prestación del Servicio, con la periodicidad indicada en la Oferta.

3.3 El Precio estipulado en la Oferta, será de aplicación durante el período de duración inicial del Contrato. No obstante, transcurrido este periodo, durante las prórrogas del Contrato que en su caso tengan lugar, ECONOCOM CLOUD podrá modificar por causas justificadas el Precio de los Servicios objeto de la Oferta, debiendo preavisar al CLIENTE con al menos 30 días naturales de antelación. En el supuesto de que, transcurrido el plazo de un mes desde dicha notificación, el CLIENTE no haya manifestado lo contrario por escrito, se entenderá como aceptado dicho cambio. En el caso de que el CLIENTE no estuviera de acuerdo con dicha modificación, tanto el CLIENTE como ECONOCOM CLOUD podrán finalizar la prestación de los Servicios objeto de la Oferta, sin que ninguna de las Partes deba indemnizar o compensar a la otra Parte por tal motivo.

3.4 En los supuestos en los que el CLIENTE devolviera el cobro de un recibo o se demorara más de 15 días en el pago del Precio, a contar desde el vencimiento de la factura, ya sea de una cuota periódica o de un porcentaje del Precio, se entenderá que se ha producido un retraso en el pago. En este caso, será de aplicación lo estipulado en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, modificada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de Medidas de Lucha contra la Morosidad en las operaciones comerciales y la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, aplicándose en consecuencia sobre el importe total de la deuda la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más ocho puntos porcentuales. Asimismo, se cobrarán al CLIENTE los gastos que genera la devolución de cualquier recibo y se paralizará la prestación de los Servicios.

En cualquier caso, ante la falta de cumplimiento por parte del CLIENTE de su obligación de pago, ECONOCOM CLOUD podrá prevalerse de las disposiciones del artículo 14.

4. Confidencialidad

Toda la información escrita o verbal, independientemente de su naturaleza o del soporte en que fueren presentadas, intercambiada entre las Partes, durante el curso de la relación comercial y con posterioridad a ella, tendrán el carácter de información confidencial cuando así lo haya manifestado la parte reveladora de dicha información (en adelante “Información Confidencial”).

Las Partes se comprometen a guardar el secreto, custodiar y a aplicar todas las medidas necesarias como si se tratase de su propia Información Confidencial y, a utilizarla exclusivamente en vistas a posibilitar la ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato, sin que esta información pueda ser difundida ni parcial ni totalmente a terceros.

Las Partes reconocen que dicho compromiso de confidencialidad, de no divulgación y de no reproducción lo asume tanto en nombre propio como en nombre y por cuenta de todas las personas que actúen por su cuenta.

Especialmente las Partes se comprometen a no compartir la Información Confidencial con empresas que puedan ser competidoras de la otra Parte.

No obstante, lo anterior, ninguna de las Partes tendrá obligación mantener la confidencialidad de aquella información que:

1. Sea de dominio público en el momento de la ejecución del Contrato, o que se convierta en información de dominio público durante la duración del Contrato.

2. Se reciba por un tercero y esté probado que el tercero no ha recibido la información directa o indirectamente de ninguna de las partes

3. La parte receptora sea requerida por ley, por cuerpo o autoridad administrativa o gubernamental, o por juzgados y tribunales.

Asimismo, las Partes podrán compartir Información Confidencial con las empresas de su Grupo de Sociedades, siendo en cualquier caso responsables frente a la otra Parte del cumplimiento por parte de dichas empresas de las obligaciones de confidencialidad reguladas en la presente cláusula.

Las disposiciones relativas a la confidencialidad permanecerán en vigor durante la duración del presente Contrato, así como durante el plazo de dos (2) años posteriores al vencimiento del presente Contrato.

5. Datos de carácter personal

5.1 En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento Europeo de Protección de Datos se informa al CLIENTE de los siguientes aspectos:

  • Identificación del Responsable de Tratamiento:
    • Identidad: ECONOCOM CLOUD, S.L.
    • Dirección: CALLE ACER, 30-32, 1º 4ª C.P.: 08038 DE BARCELONA
    • Teléfono: 900 800 296
    • Correo electrónico: rgpd@nexica.com
  • Finalidad del Tratamiento de sus datos personales:

En ECONOCOM CLOUD tratamos los datos personales del CLIENTE con la finalidad de llevar a cabo correctamente, la gestión profesional y la relación comercial, así como el contacto con el CLIENTE posibilitar tanto la prestación de los Servicios como aquellas peticiones que nos hagan llegar a través de la página web u otras vías.

Asimismo, se podrá utilizar los datos del CLIENTE para elaboración de perfiles comerciales o para ofrecerle productos y servicios relacionados con los solicitados por Usted, por cualquier medio, incluido el electrónico, incluso una vez terminada la relación negocial/contractual.

El CLIENTE dispondrá del derecho de acceder, rectificar y suprimir los datos y otros derechos explicados en mayor detalle en la página web de ECONOCOM CLOUD en el siguiente enlace: https://www.nexica.com/es/proteccion-datos.

ECONOCOM CLOUD podrá compartir los datos personales del CLIENTE con las empresas de su Grupo de Sociedades con la finalidad que se explica en la política de privacidad publicada en la web de Grupo Econocom en el siguiente enlace: https://www.econocom.es/aviso-legal-politica-de-privacidad-y-proteccion-de-datos.

Los datos personales proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y profesional y cinco años más de acuerdo con las exigencias legales. A lo largo de ese periodo, los datos se podrán poner a disposición de la administración pública con competencia en la materia, previa solicitud de estos por causa justificada.

En caso de que el CLIENTE solicite un determinado encargo de tratamiento de datos a ECONOCOM CLOUD, las partes deberán suscribir un contrato de encargo de tratamiento donde se regularán las obligaciones que corresponderán a cada una de las Partes como responsable de los datos y encargado de su tratamiento, de conformidad con la normativa aplicable.

6. Inicio de la prestación

ECONOCOM CLOUD iniciará todas las actividades para la activación de los Servicios desde la fecha de la firma de las presentes Condiciones Generales, salvo en los siguientes casos:

a)    En los supuestos en que en virtud de los Servicios contratados se exija el pago de parte o la totalidad del Precio por adelantado. En estos casos, ECONOCOM CLOUD se reserva el derecho a no iniciar el proceso de activación de los Servicios hasta no haber recibido el pago establecido. Sin perjuicio de lo anterior, en el supuesto de falta de pago en el plazo pactado, ECONOCOM CLOUD podrá prevalerse de las disposiciones del artículo 14 de las presentes Condiciones Generales e instar la resolución del Contrato.

b)    En el supuesto de que la activación y adecuada prestación del Servicio requiera cierta información que deba proporcionar el CLIENTE a ECONOCOM CLOUD, en cuyo caso la prestación se iniciarán los Servicios una vez ECONOCOM CLOUD haya recibido dicha información.

7. Disponibilidad de los Servicios

7.1 ECONOCOM CLOUD garantiza la disponibilidad de sus servicios de acuerdo con el acuerdo de nivel de servicio que ECONOCOM CLOUD haya proporcionado al CLIENTE junto con la Oferta (en adelante el “SLA”).

7.2 ECONOCOM CLOUD podrá interrumpir de forma temporal el acceso o disponibilidad a los Servicios por parte del CLIENTE por motivos de seguridad, o por necesidades operativas urgentes y justificadas. En cualquier caso, ECONOCOM CLOUD realizará sus mejores esfuerzos para que tales interrupciones afecten de forma mínima al CLIENTE y para mantener informado al CLIENTE, en la medida que ello sea posible y con antelación razonable, sobre aquellos períodos de tiempo en los que se interrumpiesen los Servicios.

ECONOCOM CLOUD no será responsable de aquellas interrupciones de los Servicios ocasionadas por causas de fuerza mayor, caso fortuito por el CLIENTE, su personal y/o terceros a su cargo.

8. Subcontratación

ECONOCOM CLOUD podrá subcontratar parte de las prestaciones de Servicios sin que esto le exonere de las responsabilidades asumidas en virtud del Contrato.

ECONOCOM CLOUD comunicará la subcontratación de los Servicios al CLIENTE una vez formalizada y con carácter previo al inicio de esta únicamente en el supuesto de que el servicio subcontratado conlleve un tratamiento de datos de carácter personal por parte de la empresa subcontratada. En ese caso, ECONOCOM CLOUD se compromete a exigir contractualmente al tercero el cumplimento de la legalidad vigente, en especial la normativa de Protección de Datos.

9. Obligaciones y responsabilidades de las Partes

9.1 Obligaciones y responsabilidades de ECONOCOM CLOUD:

ECONOCOM CLOUD se compromete a prestar los Servicios de conformidad con lo pactado en el Contrato y con la diligencia y atención propia de su condición profesional.

ECONOCOM CLOUD garantiza que posee un seguro de responsabilidad civil profesional con una compañía de reconocida solvencia y, se compromete a mantener esta garantía durante toda la duración del Contrato.

ECONOCOM CLOUD encargará la prestación de los Servicios a personal debidamente cualificado y competente. La relación entre las Partes tendrá carácter exclusivamente mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre el CLIENTE y el personal de ECONOCOM CLOUD quién no podrá ser considerado ni de hecho ni de derecho empleado del CLIENTE y dependerá únicamente de la dirección de ECONOCOM CLOUD a todos los efectos.

El personal de ECONOCOM CLOUD dedicado a la prestación de los Servicios no tendrá vinculación laboral, económica, o de cualquier tipo con el CLIENTE. En ningún caso existirá dependencia jerárquica ni funcional entre los empleados de ECONOCOM CLOUD y el CLIENTE.

Será por cuenta exclusiva de ECONOCOM CLOUD el pago de salarios y cuotas de la Seguridad Social de sus empleados, así como el cumplimiento con el resto de las obligaciones laborales de acuerdo con la legislación vigente. Igualmente, ECONOCOM CLOUD se asegurará de que – cuando pudiera ser aplicable -- su personal respetará el reglamento interno del CLIENTE, así como las normas y planes de prevención de riesgos laborales en vigor en las instalaciones del CLIENTE y que habrán sido previamente comunicadas por éste.

9.2 Obligaciones y responsabilidades del CLIENTE:

El CLIENTE se compromete al pago del Precio en tiempo y forma y a colaborar eficazmente y de buena fe con ECONOCOM CLOUD para que ésta pueda desarrollar adecuadamente la prestación de los Servicios.

El CLIENTE se obliga a informar y a comunicar a ECONOCOM CLOUD toda la información que fuere necesaria para la ejecución de los Servicios y, en particular a transmitir y a facilitar el acceso de éste a toda la documentación en aras a preparar y a recopilar todos los datos e informaciones que permitirán a ECONOCOM CLOUD elaborar un proyecto de diseño e implantación de los procesos y herramientas necesarias para la ejecución de los Servicios.

El CLIENTE asume la responsabilidad de los datos, informaciones y declaraciones que realiza, así como las obligaciones que le incumben.

La responsabilidad sobre los datos alojados por el CLIENTE en alguno de los elementos de la infraestructura de Servicios de ECONOCOM CLOUD es exclusiva del CLIENTE. También es responsabilidad del CLIENTE el software instalado sobre los servidores del CLIENTE cuya administración no corresponda a ECONOCOM CLOUD , en particular será responsabilidad del CLIENTE su correcta utilización y el cumplimiento con los términos y condiciones de las licencias y autorizaciones concedidas por el propietario de dicho software. El CLIENTE garantiza que, en ningún caso, los datos que aloje en o transmita a través de alguno de los elementos de la infraestructura de Servicios de ECONOCOM CLOUD, contendrán datos o información ilícita, ilegal o que vulneren el derecho de propiedad intelectual o industrial de terceras personas. En el caso de que el CLIENTE incurra en algún supuesto castigado penal, civil o administrativamente, el CLIENTE deberá informar inmediatamente a ECONOCOM CLOUD, pudiendo ésta resolver el Contrato en tal supuesto, y reclamar al CLIENTE los daños y perjuicios que pueda haberse derivado para ECONOCOM CLOUD de tal circunstancia, comprometiéndose el CLIENTE a mantener indemne a ECONOCOM CLOUD de tales daños y perjuicios.

En caso de que, en el marco de la prestación de los Servicios, sea necesario o conveniente la asignación por parte de ECONOCOM CLOUD de contraseñas a personas autorizadas por el CLIENTE para el acceso a datos o información de uso restringido, el CLIENTE será el único responsable de la correcta utilización de dichas contraseñas.

En aquellos casos que pudiera ser aplicable, el CLIENTE adoptará todas aquellas medidas que fueren necesarias para que la utilización de sus instalaciones de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores de ECONOCOM CLOUD en cumplimiento con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Durante todo el período de vigencia del Contrato, así como adicionalmente durante seis (6) meses a partir del final de las relaciones contractuales, cada una de las Partes renuncia a contactar al personal de la otra Parte con la finalidad de contratación o, a contratar directa o indirectamente a cualesquiera miembros del personal de la otra Parte, excepto en caso de acuerdo previo y expreso de la otra Parte.

10. Limitación de la Responsabilidad

10.1 Ninguna de las Partes será considerada responsable de los daños indirectos, lucro cesante, perjuicio financiero o comercial, pérdida de beneficio, de ganancia, de ingresos, de datos y/o de uso.

10.2 ECONOCOM CLOUD única y exclusivamente responderá conforme a lo establecido en el SLA. Las compensaciones exigibles en ningún caso podrán exceder de lo pactado en el SLA, las cuales, serán liberatorias y, por consiguiente, el CLIENTE reconoce que éstas constituyen indemnización suficiente para la reparación de su eventual perjuicio y daño.

10.3 En todo caso, las Partes convienen que la responsabilidad máxima de ECONOCOM CLOUD frente al CLIENTE por cualquier daño causado como consecuencia del presente Contrato por todos los conceptos no excederá de una cantidad igual al precio de la última anualidad del presente Contrato.

10.4 Ninguna de las Partes podrá ser considerada responsable del retraso o incumplimiento de sus obligaciones cuando dicho retraso o incumplimiento se debiere a un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con el artículo 1.105 del Código Civil. En tal supuesto, la ejecución de las obligaciones por la Parte impedida por el caso de fuerza mayor se prorrogará de un período equivalente a la duración de la suspensión que fuere debida a esta causa. La Parte que invocare la fuerza mayor deberá notificarla a la otra Parte mediante comunicación fehaciente. Si la duración del suceso de fuerza mayor fuere de una duración superior a un mes, el presente Contrato podrá ser rescindido automáticamente, salvo acuerdo contrario entre ambas Partes, y, ello, sin indemnización para ninguna de las Partes, sin perjuicio del derecho de las Partes de exigir el cumplimiento de las prestaciones nacidas u originadas con anterioridad al acaecimiento del supuesto de fuerza mayor.

11. Propiedad Industrial e Intelectual

El CLIENTE otorga a ECONOCOM CLOUD una licencia no exclusiva para reproducir o copiar los datos alojados en los elementos de la infraestructura de Servicios de ECONOCOM CLOUD única y exclusivamente con la finalidad de poder prestar correctamente los Servicios. El CLIENTE declara que dispone y dispondrá en todo momento de los oportunos derechos de propiedad intelectual o industrial que sean necesarios para alojar o transferir los datos de su responsabilidad en los equipos de ECONOCOM CLOUD sin que ello vulnere ningún derecho de terceros.

Por tanto, el CLIENTE garantiza y responderá del total cumplimiento de todas las normas que apliquen sobre las licencias del software que por su cuenta y riesgo aloje en alguno de los elementos de la infraestructura de Servicios de ECONOCOM CLOUD. Cualquier responsabilidad, multa o penalización que el propietario de dicho software imputase o reclamase a ECONOCOM CLOUD por esta circunstancia será asumida íntegramente por el CLIENTE.

El CLIENTE deberá colaborar con ECONOCOM CLOUD en cualquier requerimiento o auditoría realizada por los fabricantes de licencias de software utilizadas en los servicios contratados a ECONOCOM CLOUD para acreditar el uso autorizado de las mismas, facilitando en tiempo la información y evidencias que sean requeridas, así como facilitando acceso a los servidores donde se ejecuten los productos de software que el CLIENTE aloja.

En caso de verificarse un uso indebido o sin licencia, el CLIENTE deberá abonar a ECONOCOM CLOUD o a la empresa licenciataria, el precio entonces vigente por cada licencia no abonada, considerándose que dicho uso no revelado comenzó al inicio de la relación entre ECONOCOM CLOUD y el CLIENTE, salvo que el CLIENTE pueda demostrar un ámbito de uso y una duración diferente. Adicionalmente a la regularización de licencias con efecto retroactivo, el CLIENTE deberá hacerse cargo de la correspondiente penalización -en su caso- determinada por el licenciatario.

En el caso de licencias de software de Microsoft el CLIENTE acepta la versión vigente de los términos recogidos en las Condiciones de Licencia de Usuario final o End User License Agreement (EULA) de Microsoft, en su redacción original en inglés, disponibles para su consulta en https://nexica.com/_es/microsoft-eula.

12. Duración y Cancelación

12.1 Las presentes Condiciones Generales entrarán en vigor en el día de su firma y serán de aplicación a todas las Ofertas firmadas por el CLIENTE hasta su total terminación.

Los Servicios prestados tendrán una duración mínima de un (1) año salvo que en la Oferta concreta se indicara otro periodo de duración inicial. El servicio se podrá prorrogar por acuerdo entre las Partes por periodos diferentes al inicial, pero finalizado este plazo sin que ninguna de las Partes manifieste su voluntad de resolver el Servicio por escrito con una antelación de treinta días naturales al vencimiento del plazo inicialmente contratado o, en su caso, antes del vencimiento de cualquiera de sus prórrogas, el Servicio se prorrogará automáticamente por periodos sucesivos equivalentes al periodo de duración anual inicial contratados (“Prórroga Tácita”).

12.2  Las solicitudes de baja total o parcial de los Servicios deberán realizarse por escrito y con un preaviso no inferior a treinta (30) días.

12.3  En el supuesto de que el CLIENTE, con anterioridad a la finalización del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas acordadas expresamente, resuelva anticipadamente el Servicio contratado total o parcialmente, el/los Servicios afectados causarán baja efectiva el último día del mes siguiente al de la fecha de recepción de comunicación. En este supuesto, el CLIENTE deberá indemnizar a ECONOCOM CLOUD con una cantidad equivalente al cien por cien (100%) del Precio en los casos de Altas del Servicio y, en los casos de Servicios Recurrentes, al treinta y cinco por ciento (35%) de las mensualidades pactadas que, en su caso, quedasen pendientes de pago desde la fecha efectiva de la resolución hasta la fecha prevista de finalización del Contrato en concepto de gastos de gestión y retrocesión a precios sin permanencia.

12.4  En caso de Prórroga Tácita, el CLIENTE podrá solicitar la baja total o parcial de cualquiera de los Servicios que formen parte de dicho Contrato sin incurrir en penalización, salvo que existan costes en los que ECONOCOM CLOUD haya incurrido para la correcta prestación del Servicio durante la fase de prolongación del Contrato. En tal caso ECONOCOM CLOUD facturará al cliente por el total de dichos costes siempre y cuando aporte la documentación y justificación correspondiente.

12.5  En cualquier caso, la suspensión o cancelación anticipada de los Servicios por cualquiera de las causas expresadas en las presentes condiciones o por el ejercicio por parte del Cliente de su derecho de resolución, no le dará derecho a exigir la devolución de las cantidades ya abonadas a ECONOCOM CLOUD por la prestación del Servicio, correspondientes al periodo en curso. No obstante, lo anterior, las Partes quedarán vinculadas por aquellas obligaciones que, por su propia naturaleza, sobrevivan a la terminación de este.

12.6 En caso de resolución del Contrato, ECONOCOM CLOUD desprovisionará los Servicios o equipos que estuvieran siendo usados por el CLIENTE, pero no entregará al CLIENTE ninguna información hasta que no se haga efectivo por parte del CLIENTE el pago de las facturas pendientes de cobro, de conformidad a lo establecido en las presentes Condiciones Generales.

13. Resolución anticipada

Las presentes Condiciones Generales podrán resolverse anticipadamente en los siguientes supuestos:

a)    Por incumplimiento por cualquiera de las Partes de las obligaciones establecidas en el Contrato mediando un requerimiento previo a la parte incumplidora de 15 días para que dé cumplimiento a la obligación incumplida. Este plazo no existirá para el supuesto de impago o retraso en el pago del Precio.

b)    La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las Partes o que cualquiera de los contratantes caiga en situación de concurso de acreedores o liquidación.

c)    En el supuesto que el Cliente haya sido sancionado por la Agencia de Protección de Datos, o en el supuesto que ésta determine que ha cometido alguna infracción en materia de protección de datos.

d)    En caso de que los datos transmitidos por el Cliente a ECONOCOM CLOUD contengan información ilícita o vulneren el derecho de propiedad intelectual o industrial de terceros;

En el supuesto de resolución anticipada del Contrato por incumplimiento de las presentes Condiciones Generales o de cualesquiera leyes, las Partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 1124 del Código Civil, podrán reclamar la indemnización por daños y perjuicios que hayan sufrido como consecuencia del incumplimiento con los límites pactados en la cláusula 11.

La resolución anticipada del contrato no justificará el incumplimiento de los compromisos y obligaciones asumidos con anterioridad a la cancelación, en especial de los referidos a los pagos pendientes de abono, quedando obligado el CLIENTE a su cumplimiento.

14. Legislación aplicable y jurisdicción competente

Las presentes Condiciones Generales se regirán e interpretarán de acuerdo con las Leyes de España y se someterán a la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados de Barcelona, en los supuestos que el Cliente sea un empresario o profesional en el ejercicio de sus funciones, con renuncia a su propio fuero.

15. Nulidad e ineficacia de las Cláusulas

Si cualquier cláusula del Contrato fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de esta que resulte nula o ineficaz, subsistiendo el resto de los términos del Contrato en su integridad, teniéndose tal disposición, o la parte de esta que resultase afectada, por no puesta.

16. Modificación del Contrato

El presente Contrato únicamente podrá ser modificado a través de acuerdo escrito firmado por ambas Partes.

Se estipula formalmente que cualquier aceptación o renuncia tácita de una de las Partes, en el marco de aplicación de todo o parte de los compromisos previstos en el presente Contrato, independientemente de su frecuencia o duración, no podrá considerarse como modificación del presente Contrato y, no dará lugar a derecho alguno.

17. Firma electrónica

La firma electrónica garantiza la identificación del firmante y está vinculada al mismo de manera única. Asimismo, la firma electrónica tendrá, respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor que la firma manuscrita, en relación con los consignados en papel.

La firma electrónica del presente Contrato no altera las normas relativas a la celebración, formalización, validez y eficacia de este. En este sentido, la firma electrónica desplegará los mismos efectos jurídicos que una firma manuscrita y, consecuentemente, no se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electrónica.